Artículo 1º. de la Ley de 3 de Marzo de 1825 de Simón Bolívar que crea tácitamente los primeros distritos del Perú.
Ya creados los primeros departamentos y provincias del Perú por el General San Martín; al elegirse el Primer Congreso Constituyente del Perú, esta da y sanciona la Primera Constitución Política de la República Peruana el 12 de Noviembre de 1823 que en su artículo 7o. decreta por primera vez que las provincias se dividirán en distritos, dice textualmente: SECCIÓN PRIMERA DE LA NACIÓN CAPÍTULO I De la Nación Peruana “ARTÍCULO 7º. Se divide el territorio en departamentos, los departamentos en provincias, las provincias en distritos y los distritos en parroquias”. Más adelante en el artículo 124o. sobre las primeras autoridades políticas de distritos dice: CAPÍTULO IX RÉGIMEN INTERIOR DE LA REPÚBLICA “ARTÍCULO 124º. El de los distritos en un ciudadano que igualmente se nombrará en cada uno de ellos con la denominación de Gobernador”. Por Ley Reglamentaria de Elecciones de 3 de marzo de 1825 artículo 1º. el Libertador Simón Bolívar notifica a los pri...